Condenan a un hacker argentino por enviar e-mails con virus
Procesaron a un hombre que durante dos años inundó las casillas de correo de una empresa de publicidad. Le trabaron un embargo de $50.000. Los alcances de un fallo con pocos antecedentes en la Justicia local, informa "Infobae"
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La Cámara Federal confirmó el procesamiento sin prisión preventiva contra un hombre que durante los años 1999 y 2000 inundó de mails con virus las computadoras de una empresa de publicidad, se informó en Tribunales.
La resolución de la Sala II de la Cámara imputó al acusado los delitos de daño agravado e interrupción o entorpecimiento de línea telefónica y ordenó que se le trabe un embargo de 50 mil pesos.
Los hechos comenzaron el 6 de junio de 1999, cuando todos los empleados de la compañía, una de las líderes en publicidad, recibieron un "spam" o "junk e-mail" con un virus informático como archivo adjunto, reseñó la Cámara en la resolución firmada por los camaristas Eduardo Luraschi, Horacio Cattani y Martín Irurzun.
Luego, periódicamente se recibían distintos envíos que en algunas oportunidades llegaron a ser de mil mails con "spam" que dañaron totalmente las computadoras de los directivos de la empresa.
Hasta que en julio de 2000, "casi todos los empleados de la empresa fueron víctimas de nuevos mensajes electrónicos... algunos de los cuales se encontraban firmados y originados por cuentas" con un "seudónimo utilizado como contraseña por el acusado en todas sus instalaciones, según informaron en una empresa proveedora de servicios de soporte técnico en computación, en la que fuera empleado" el imputado, explica la resolución.
Luego de un debate jurídico que se produjo por distintas excusaciones que comenzaron en la justicia penal ordinaria, se estableció que la calificación debía orientarse al delito de interrupción o entorpecimiento de las comunicaciones telefónicas previsto en el artículo 197 del Código Penal.
Esto mismo fue corroborado por el licenciado Miguel Caffaro, del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en un estudio pericial informó sobre los daños ocasionados.
Ellos fueron la inutilización por varias horas de las cuentas de correo electrónico del personal, de la línea telefónica de la empresa, junto a las caídas en los servidores dedicados al envío y recepción de e-mails y del servicio en sí, la corrupción informática en los archivos de procesamiento de los servidores de mail, pérdida de e-mails debido a la necesidad de recuperar backups e interrupciones en los servicios en horarios de trabajo por tareas de mantenimiento no programadas, entre otras, se detalló.
"En esa ocasión se señaló que casi todos los puntos mencionados implicaban una carga adicional de horas/hombre de trabajo, inclusive en horarios no habituales como durante la noche y fines de semana", explicó la Cámara.
Planteada la cuestión de competencia, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había entendido que "...la desconexión que se alude no hace más que corroborar que la maniobra fue efectiva para privarla de, o al menos entorpecer, ese medio de comunicación, sea cual fuere la línea telefónica desde la cual se pretendiera acceder al administrador de correo y direcciones afectadas", por lo que entendió que el caso debía continuar en la justicia federal.
Tomado de
http://www2.noticiasdot.com/publicaciones/2005/1105/1711/noticias/noticias_171105-20.htm